
Con 422 votos a favor, aprobaron dictámenes de reformas a la Ley de Aviación Civil y la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Miércoles 19 de Abril de 2017
Ciudad de México, 18 de abril del 2017.-El pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de reformas que permitirá a las aerolíneas nacionales aumentar de 25 a 49% el porcentaje permitido de inversión extranjera.
Por 280 votos a favor del PRI, PAN, PVEM, Nueva Alianza y Partido Encuentro Social, y 83 votos en contra del PRD y Morena, el pleno de la Cámara aprobó el dictamen de reformas al artículo 7 de la Ley de Inversión Extranjera, y el documento fue turnado al Senado de la República para su análisis.
En tribuna, el diputado Miguel Ángel González Salum (PRI) afirmó que “con la ampliación de esta capacidad de inversión extranjera en las líneas aéreas nacionales, garantizaremos que puedan crecer las empresas mexicanas y en consecuencia ofrecer más rutas, más vuelos y tener una mayor competencia”.
El diputado Vidal Llerenas (Morena) pidió no hacer cambios hasta que haya una política clara en materia comercial con México por parte del gobierno de Estados Unidos. “Me parece que es apostar a una apertura unilateral, sin exigir a la contraparte norteamericana que ya ponga las cartas sobre la mesa, y sobre todo que actúe con seriedad en la relación con México”, dijo.
Las reformas al artículo 7 de la Ley de Inversión Extranjera aumentan de 25 a 49% el porcentaje de inversión extranjera en el servicio de transporte aéreo nacional regular y no regular; servicio de transporte aéreo internacional no regular en la modalidad de taxi aéreo; y en el servicio de transporte aéreo especializado.
En tanto, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó también dos dictámenes de reformas a la Ley de Aviación Civil y a la Ley Federal de Protección al Consumidor, con las que se pretende ampliar los derechos de los usuarios de aerolíneas.
Las reformas, aprobadas en lo general con 422 votos y remitidas al Senado de la República, establecen que, en caso de retraso de la hora de salida del vuelo, el pasajero será indemnizado con descuentos para viajes posteriores hacia el destino contratado, así como a recibir alimentos, bebidas, hospedaje y transporte en caso de cancelación.
Se permitirá que todos los pasajeros lleven al menos una maleta de 25 kilos, sin que cobren los 700 pesos adicionales que ahora realizan las aerolíneas.
En caso de retraso en la hora de salida estipulada en el boleto, y que la causa sea atribuible al concesionario o permisionario, el pasajero será indemnizado o compensado con un monto no inferior a 7.5% del costo de boleto de vuelo adquirido.
Las reformas también obligarán a las aerolíneas a publicar en medios electrónicos y en el área de abordaje los motivos de la cancelación de vuelos, y entregar a los pasajeros un folleto de bolsillo con los derechos a que tienen acceso.
Viajero: ¿a qué tendrías derecho?
Si los senadores aprueban la minuta de los cambios a la Ley de Aviación Civil avalados por la Cámara de Diputados, estas serían algunas de las nuevas garantías para los viajeros:
Las aerolíneas deberán garantizar el transporte de personas con discapacidad, y no podrán hacer cargos adicionales.
En caso de retraso en la hora de salida estipulada en el boleto, y que la causa sea atribuible al concesionario o permisionario, el pasajero será indemnizado y/o compensado con un monto no inferior a 7.5% el costo de boleto de vuelo adquirido.
Deberán incluir, como mínimo, descuentos para vuelos en fecha posterior hacia el destino contratado y/o alimentos y bebidas.
Si la demora es mayor a cuatro horas, el pasajero podrá requerir la indemnización, que no será inferior a 25% del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje.
En todos los casos, las aerolíneas deberán poner a disposición de los pasajeros en espera acceso a llamadas telefónicas y envío de correos electrónicos.
En caso de cancelación de vuelo por causa atribuible a líneas aéreas, el pasajero tendrá derecho a que se le restituya el precio del boleto; que se les ofrezca transporte sustituto en el primer vuelo disponible; recibir alimentos; alojamiento en hotel y transporte.
Para vuelos nacionales e internacionales, el pasajero podrá transportar, sin cargo alguno, 25 kilogramos de equipaje y hasta dos piezas de equipaje de mano.
Por 280 votos a favor del PRI, PAN, PVEM, Nueva Alianza y Partido Encuentro Social, y 83 votos en contra del PRD y Morena, el pleno de la Cámara aprobó el dictamen de reformas al artículo 7 de la Ley de Inversión Extranjera, y el documento fue turnado al Senado de la República para su análisis.
En tribuna, el diputado Miguel Ángel González Salum (PRI) afirmó que “con la ampliación de esta capacidad de inversión extranjera en las líneas aéreas nacionales, garantizaremos que puedan crecer las empresas mexicanas y en consecuencia ofrecer más rutas, más vuelos y tener una mayor competencia”.
El diputado Vidal Llerenas (Morena) pidió no hacer cambios hasta que haya una política clara en materia comercial con México por parte del gobierno de Estados Unidos. “Me parece que es apostar a una apertura unilateral, sin exigir a la contraparte norteamericana que ya ponga las cartas sobre la mesa, y sobre todo que actúe con seriedad en la relación con México”, dijo.
Las reformas al artículo 7 de la Ley de Inversión Extranjera aumentan de 25 a 49% el porcentaje de inversión extranjera en el servicio de transporte aéreo nacional regular y no regular; servicio de transporte aéreo internacional no regular en la modalidad de taxi aéreo; y en el servicio de transporte aéreo especializado.
En tanto, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó también dos dictámenes de reformas a la Ley de Aviación Civil y a la Ley Federal de Protección al Consumidor, con las que se pretende ampliar los derechos de los usuarios de aerolíneas.
Las reformas, aprobadas en lo general con 422 votos y remitidas al Senado de la República, establecen que, en caso de retraso de la hora de salida del vuelo, el pasajero será indemnizado con descuentos para viajes posteriores hacia el destino contratado, así como a recibir alimentos, bebidas, hospedaje y transporte en caso de cancelación.
Se permitirá que todos los pasajeros lleven al menos una maleta de 25 kilos, sin que cobren los 700 pesos adicionales que ahora realizan las aerolíneas.
En caso de retraso en la hora de salida estipulada en el boleto, y que la causa sea atribuible al concesionario o permisionario, el pasajero será indemnizado o compensado con un monto no inferior a 7.5% del costo de boleto de vuelo adquirido.
Las reformas también obligarán a las aerolíneas a publicar en medios electrónicos y en el área de abordaje los motivos de la cancelación de vuelos, y entregar a los pasajeros un folleto de bolsillo con los derechos a que tienen acceso.
Viajero: ¿a qué tendrías derecho?
Si los senadores aprueban la minuta de los cambios a la Ley de Aviación Civil avalados por la Cámara de Diputados, estas serían algunas de las nuevas garantías para los viajeros:
Las aerolíneas deberán garantizar el transporte de personas con discapacidad, y no podrán hacer cargos adicionales.
En caso de retraso en la hora de salida estipulada en el boleto, y que la causa sea atribuible al concesionario o permisionario, el pasajero será indemnizado y/o compensado con un monto no inferior a 7.5% el costo de boleto de vuelo adquirido.
Deberán incluir, como mínimo, descuentos para vuelos en fecha posterior hacia el destino contratado y/o alimentos y bebidas.
Si la demora es mayor a cuatro horas, el pasajero podrá requerir la indemnización, que no será inferior a 25% del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje.
En todos los casos, las aerolíneas deberán poner a disposición de los pasajeros en espera acceso a llamadas telefónicas y envío de correos electrónicos.
En caso de cancelación de vuelo por causa atribuible a líneas aéreas, el pasajero tendrá derecho a que se le restituya el precio del boleto; que se les ofrezca transporte sustituto en el primer vuelo disponible; recibir alimentos; alojamiento en hotel y transporte.
Para vuelos nacionales e internacionales, el pasajero podrá transportar, sin cargo alguno, 25 kilogramos de equipaje y hasta dos piezas de equipaje de mano.